Alternativas del sector empresarial de cara a sus obligaciones y el COVID-19

Como parte de nuestro compromiso social y atendiendo las condiciones sociales y de salud suscitadas en virtud del Coronavirus (COVID-19), y su incidencia en el territorio nacional, hemos realizado un análisis sobre las alternativas que posee el sector empresarial de cara a sus obligaciones de carácter económico, no obstante, cabe destacar que la implementación de una medida u otra dependerá del lineamiento adoptado por el estado, conforme a su política de salud, de manera que lo comentado en el presente sólo responde ante alternativas que se pueden suscitar en medio de una situación de fuerza mayor como la de la especie.

Sí tomamos el ejemplo de países como Francia, cuyo gobierno a través de la implementación de un programa económico que envuelve una inversión de €$300,000,000,000.00, cerró –básicamente- el país por 15 días en cuarentena, de la mano con la adopción de medidas como la supresión de pago de alquileres, impuestos, intereses bancarios, etc., lo cual persigue el bienestar común tanto para la población en general como para las empresas, evitando su quiebra; estaríamos de frente al escenario ideal a imitar.

Lo expuesto en el párrafo anterior cobra más sentido que nunca, pues como exponíamos en otro artículo relativo al tema de la suspensión del contrato de trabajo, justificada entre otras cosas, en la falta de producción en la empresa que imposibilita la generación de ingresos para el pago de sus empleados, a la par de que los mismos sean aislados por la situación de fuerza mayor, da al traste con la imposibilidad de pagarles y de los mismos prestar un servicio; lo cual deriva directamente en la insolvencia de la empresa de cara a sus obligaciones civiles frente a terceros, 

No obstante, tratándose de un país en vías de desarrollo se torna casi imposible imaginar ser beneficiados de un plan con características similares al francés, sin embargo, contamos con un abanico de medidas viables a simple vista, que pueden ser tomadas en consideración por nuestro gobierno; es decir, que de ordenarse la cuarentena prevista, se pudiera beneficiar a la población tanto a nivel público o empresarial, como al público en general que vive directa o indirectamente de dicho sector.

Es así como en medio de esta crisis, vemos como opciones reales, el cese de obligaciones como la disminución o eliminación de la carga impositiva – en los rangos que aplique-, la supresión de intereses en los préstamos bancarios o productos afines, así como la del pago de alquileres, facturas de servicios, como luz, agua y gas, se tornarían más que justificadas basándose en la misma falta de productividad a causa del cese de operaciones civiles y comerciales en medio de una cuarentena general, dejando abiertas la vías de la prórroga o eliminación de tales obligaciones conforme aplique en cada caso.

Las acciones anteriores protegerían en gran parte, al sector empresarial, evitándose el colapso de dicha rama tan importante para el sostenimiento económico y social; sin embargo, recalcándose nuestras características de país pobre en vías de desarrollo, donde la frase “comer es primero” aún prima en la mayoría de los hogares dominicanos, resulta la pregunta “y el pueblo pa´cuando?” ante la cual, en casos de fuerza mayor, como el que nos ocupa, la respuesta reside en las acciones que con carácter de responsabilidad puede tomar el gobierno en favor de los mismos, ya que es deber del estado suplir las necesidades básicas de sus ciudadanos, a falta de productividad en el sector privado como consecuencia del cese de sus operaciones.

De manera que exenciones como las descritas anteriormente, también son aplicables a la población en general, con especial atención a los apartados alimentación y salud, cuyo costo debe ser reducido a cero en medio de esta crisis, brindándose así la seguridad de que cada dominicano y dominicana tendrá el pan de cada día en sus hogares, acompañado de servicios médicos a la altura de la pandemia que nos afecta.

En ese mismo orden, cabe destacar que tratándose de escenarios probables los tratados en el presente escrito debido a la ausencia aún del pronunciamiento oficial que tendrá lugar en las próximas horas, es justo destacar que ante la probable carencia de adopción de medidas como las expuestas de parte del estado, quedaría en manos de los particulares, la observación de las cláusulas establecidas en los contratos que recogen sus obligaciones, específicamente en los apartados que se refieren a los casos de fuerza mayor dentro de los que se clasifica la crisis sanitaria actual. De manera que sean respetadas las excepciones contenidas en los mismos, dejando abierta la posibilidad de que en casos de su inexistencia se puedan pactar acuerdos entre las partes que apacigüen las responsabilidades de los mismos, basándose en preceptos como la racionabilidad, solidaridad e imposibilidad de cumplimiento.

Por último, lo expuesto anteriormente sin lugar a dudas responde al resultado de un análisis entre lo justo y legal de cara a la situación que nos preocupa a todos, sin embargo, resulta importante apelar a la conciencia colectiva en el sentido de que logremos entender que la situación actual, nos afecta a todos y es un deber general asumir el sacrificio que la misma implica, asumiendo el compromiso de cada quien colaborar en su justa medida, de cara al porvenir del país por encima de nuestros intereses particulares, ya que del comportamiento que sembremos  en medio de la crisis, recogeremos los frutos que arroje la posterior cosecha.

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